Nacionales Escuchar artículo

Habrá un cambio clave en la documentación que se deberá presentar en los controles de tránsito

ARGENTINA

Las modificaciones se encuentran dentro del paquete de medidas que elevó el gobierno de Javier Milei para que sea tratado en el Congreso.

La Ley Ómnibus, que contempla un paquete de medidas que pretende desregularizar la economía y reformas estructuras en diferentes áreas del Estado, también tiene un apartado para lo que respecta a las licencias de conducir y los controles de la Verificación Técnica Vehicular (VTV).

Si las medidas son aprobadas por el Congreso de la Nación, se modificaría el artículo 37 que contempla cuáles son los documentos que debe exhibir un conductor para poder circular por territorio argentino.

En este caso, se trata de una modificación menor ya que habilitará el uso de una documentación en formato digital a la hora de ser solicitada. 

Anteriormente, solo se permitía de forma física y no se consideraba suficiente la acreditación cargada en la aplicación Mi Argentina, salvo de que se haya realizado anteriormente una denuncia por robo o extravío de la licencia de conducir

“ART 37: Al solo requerimiento de la autoridad competente se debe presentar la licencia de conductor en formato físico o digital, y demás documentación exigible, toda la cual también puede ser presentada en formato físico o digital, y que debe ser devuelta inmediatamente de verificada, no pudiendo retenerse sino en los casos que la ley contemple”, especifica el artículo. 

En lo que respecta a la documentación para circular por el país, se realizará una modificación del artículo 34, que prevé que los conductores  "podrán delegar la verificación a las concesionarias oficiales de los fabricantes o importadores o a talleres habilitados a estos efectos manteniendo un estricto control".

 “( Las piezas y sistemas a examinar, la periodicidad de revisión, el procedimiento a emplear, el criterio de evaluación de resultados y el lugar donde se efectúe, son establecidos por la reglamentación y cumplimentados por la autoridad competente. Los talleres de las concesionarias oficiales de los fabricantes o importadores o talleres habilitados podrán realizar la revisión técnica obligatoria, previo cumplimiento de los requerimientos que determine la autoridad competente”, plantea el texto también.

Comentarios
Volver arriba